domingo, junio 19, 2005
Justicia o....
El tema de hoy será quizás un poco abstracto, y he de admitir que es una reflexión apenas preeliminar sobre el tema, pero no por ello es menos importante.
¿Qué es la justicia? ¿Existe acaso? Y si es así, ¿cómo se aplica, es realmente posible que sea eficiente? O en pocas palabras, ¿cómo es la justicia en Colombia?
Muchas preguntas, pocas respuestas. Responder correcta y profundamente a esas preguntas es una labor titánica, que no pretendo realizar en éste momento. El debate va más allá de cualquier país específico, sin duda, pero me he limitado a hablar un poco de la perspectiva que tengo sobre mi país, Colombia. También he de aclarar que no me voy a referir sólo a lo que se conoce como el proceso legal, sino también al fondo de la cuestión, es decir, que se puede hablar acerca de un sentido ético adicional, trascendente.
Es cierto que existe una vieja tradición histórica sobre un legalismo "santanderista" en Colombia, basada en el hecho de que las leyes estarían muy bien redactadas, argumentadas y fundamentadas por nuestros peritos y "padres de la patria", sin que eso se vea reflejado necesariamente en su aplicación práctica. Aunque, en pocas palabras, lo anterior sea cierto, no es todo lo que habría que tener en cuenta.
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Pensemos....¿cuántas personas en Colombia han sido arrestadas o detenidas por incumplir, a sabiendas o no, con un requerimiento o requisito legal? ¿O por sufrir los efectos de la suplantación de identidad? ¿O por haber sido señaladas por un tercero, sin que existan mayores evidencias en un primer momento? ¿O por simplemente estar en el lugar equivocado en el momento equivocado?
El número es incalculable, seguramente podría ser más de varios miles, si alguien se molestase en hacer un cálculo válido.
Claro, se supone que todos los hombres deben someterse a una autoridad común que pueda decidir sobre el bien y el mal, sobre lo que es justo y lo que es injusto, sobre lo que le causa daño a la sociedad y lo que no, para que desde ahí se pueda emitir un castigo correspondiente (o suspender el mismo, si es el caso).
Pero específicamente, en los casos anteriormente mencionados, los procesados, sin importar su situación individual, tienen que enfrentarse al alto riesgo de ser tratados de la misma forma que cualquier otro sindicado o condenado, aún si eso no se correspondiese -éticamente- con la realidad.
Muchas veces los personajes de turno tienen que compartir los mismos calabozos, celdas o salas de retención, el mismo esquema de visitas, las mismas limitaciones legales, el mismo proceso, las mismas reglas y los mismos castigos, en líneas generales. O inclusive, para aludir al caso reciente de Juan Carlos Gómez Luna, los mismos trámites de extradición.
Es decir, la presunción de inocencia, aunque sea muy bonita como un concepto legal que le enseñan a los futuros abogados, jueces y fiscales en su temprana etapa de idealismo, difícilmente se aplica aquí coherentemente. En la práctica, lo que hay muchas veces no es sino una presunción de culpabilidad. Hay que tratar "igual" a todos, porque se ignora la verdad, no hay suficientes detalles disponibles y "es mejor prevenir que curar". Es mejor correr el riesgo de tratar un poco "mal" al inocente, que beneficiar injustamente a un posible culpable.
En teoría eso podría ser muy bonito también, pero esa teórica igualdad ante la ley tampoco se cumple, y de hecho algunos reciben mejor o peor trato que otros, de parte de las autoridades competentes. Pero no según sus circunstancias legales ni éticas, sino según factores más subjetivos. ¿Qué pasó acaso con Pablo Escobar y La Catedral?
En parte, ese episodio de nuestro pasado reciente se puede explicar de la siguiente manera: nuestra sociedad, tan conflictiva y polarizadora, tiende a fomentar la creación de dos tipos de funcionarios judiciales: los que son extremadamente estrictos (siguen las reglas al pie de la letra sin importarles para nada su espíritu, sino sólo sus postulados físicos: el deber está por encima de la razón), y los que son extremadamente flexibles (es decir, los corruptos, los sobornables, los que pueden volverse "amigos" o "enemigos" con igual facilidad).
Y aún cuando no sea así, a los funcionarios, policías y guardianes usualmente no les importa si la persona implicada o sindicada tiene X o Y atenuante, a menos que les sea explicitado directa y legalmente por sus superiores inmediatos. Eso se entendería como algo necesario para evitar mayores enredos, pero en realidad el transformar un atenuante en un texto legal con efectos prácticas suele ser un proceso lento y riesgoso en éste país (no sé cómo sea en otros).
Por lo tanto, los funcionarios del caso tienen la oportunidad de tratar a una persona, así probablemente sea inocente o acaso culpable de una falta menor, casi igual que a un criminal común y/o reconocido (en cuanto al trato básico, más allá de la sentencia y sus imputaciones respectivas), a pesar de que sus circunstancias reales se perfilen como reconociblemente distintas. ¿Se puede comparar éticamente a un mafioso con alguien que no haya llenado correctamente un formulario? ¿Merecen recibir el mismo tratamiento?
Y, ¿en dónde quedará la ética y la justicia cuando a algunos se les ofrecen fincas-cárceles en aras de la paz y la tranquilidad, como a "Don Berna" o hasta el mismo Pablito, mientras que a alguna otra persona la pueden meter directamente en el oscuro pabellón general de una institución carcelaria gubernamental por no haber presentado un documento o respondido a una citación?
Para no hablar de cuando algunas imputaciones son tomadas como presumiblemente verdaderas sin contar con un soporte completo que las sustente, siendo el acusado el que debe demostrar su inocencia aún antes de entender bien de qué se le acusa...pero mientras eso ocurre, se pudre en una celda, como todos los demás.
El fiscal, u otro demandante institucional o privado, tiene mucha más flexibilidad para presentar y desarrollar los detalles concretos de los cargos, con poca o ninguna prisa, a pesar de que en teoría el espíritu de la ley sugiera otra cosa. Quien demande o acuse tiene que tener un punto de partida medianamente visible, por supuesto, pero se pueden ordenar capturas, requisas, etc. basándose en poco más que un simple papel, una orden que provenga de la llamada autoridad competente...aún sin que dicha autoridad haya dado a conocer cabalmente cómo va el resto del proceso, pero se presume su "competencia".
Quizás estoy siendo algo duro con la justicia colombiana, esperando que responda ante preocupaciones que se presentan no sólo en éste país sino (hasta cierto punto) en los demás de la región y de más allá, pero eso no oculta el dilema entre lo que la justicia pretende ser y lo que es en realidad. La solución lógica, por supuesto, sería reformar la justicia, no sólo conceptualmente sino metodológicamente pero, ¿exactamente cómo hacerlo? Por ahora, honestamente, no lo tengo muy claro (fuera de rechazar la "justicia popular revolucionaria", por supuesto, ni loco que estuviera como para tomarme ese veneno...).
Hasta entonces, pareciera que lo que se cumple a cabalidad en la realidad ni siquiera es eso de que "la ley es una sola para todos", porque está demostrado que existen amplias excepciones, según la personalidad del acusador y del detenido...para no hablar de las llamadas "mordidas" financieras que hacen parte de la corrupción a que se ven sometidos (o tentados, según el caso) tantos sujetos públicos y privados.
Lo que en realidad vendría al caso podría ser algo muy diferente: la justicia pretende ser ciega en su aplicación de la ley, en efecto...pero lo es de la peor manera posible: no ciega en cuanto a que no realice discriminaciones, sino tan ciega como lo es un ciego cascarrabias envuelto en la oscuridad, que no sabe qué hacer, porque no puede ver los matices ni los colores de la realidad.
Entonces ese ciego se la pasa dando golpes en la oscuridad con su bastón, creyendo que su ritmo repetitivo será suficiente para sobreponerse a sus propias limitaciones y a los obstáculos ajenos. Pero, más de una vez, golpeará valiosos muebles y dejará viva a más de una mosca, en medio de una nebulosa confusión.
Para reclamos penales, favor no contacte al autor. Seguramente se le practicará la abstención activa.
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